AL SERVICIO DE LA INTEGRACIÓN SOCIAL Y LABORAL

Fundisfil SL es un Centro Especial de Empleo constituído en 1996 con la forma jurídica de sociedad de responsabilidad limitada pero creada por la Asociación y la Fundación Pro Disminuidos Psíquicos de Enguera y Comarca que ya tenían la calificación de centro de empleo con anterioridad a la constitución de la mercantil.

La Asociación, cuyos orígenes se remontan a 1971 con la creación en la localidad valenciana de Enguera de las primeras aulas de educación especial para atender las necesidades de las personas con discapacidad intelectual, continúa en la actualidad, junto con la Fundación, en su tarea social emprendida ya hace más de 40 años.

FUNDISFIL SL se constituye como Centro de Empelo especializado inicialmente en el sector textil debido a la gran influencia de este en la Comarca de La Canal de Navarrés y la Costera de Valencia prestando sus servicios para gandes empresas como Carrefour (Europa) y Woman Secret.

Fundisfil tiene sus propias marcas: Blue Blue line; Lady Comiso e Insolance. Y otras.

Cuenta con la calificación oficial de Centro Especial de Empleo obtenido de la Generalitat Valenciana, Registro nº 128 y está en disposición de facilitar a sus clientes los certificados necesarios para la justificación de contratación alternativa a la contratación directa de personas con discapacidad en la empresa ordinaria establecida en al Ley de Integración de 1982.

Desde la reconversión del sector Textil en 2007, FUNDISFIL SL se ha abierto a otros sectores a través de formulas como el "Outsourcing".

Es titular de otras actividades empresariales dentro del sector de la asesoría, aparcamientos, manipulado y sector servicios.

Las personas que están al frente de FUNDISFIL y de las entidades en las que nació cuentan en su hacer con la máxima experiencia y reconocimiento del sector de la integración social y laboral.

FUNDISFIL SL es miembro promotor de la PLATAFORMA "DIGNIDAD Y DISCAPACIDAD"


domingo, 6 de abril de 2014

¿QUÉ SON LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS A LA CONTRATACIÓN DIRECTA DE TRABAJADORES DISCAPACITADOS?



La Ley obliga a las empresas públicas y privadas de 50 ó más trabajadores a reservar como mínimo un 2% de su plantilla de personal discapacitado. 

Las Medidas alternativas son, por lo tanto, una opción de carácter excepcional que ofrece la Ley para hacer frente total o parcialmente a esta obligación a través de otras medidas sustitutorias reguladas en el Real Decreto 364/2005


Entre estas Medidas Alternativas o Sustitutorias a la contratación de personal discapacitado, existe la posibilidad de contratar servicios a un Centro Especial de Empleo como es FUNDISFIL SL CEE


Todos nuestros servicios son realizados por personal discapacitado de nuestro Centro Especial de Empleo, por lo tanto, es importante destacar que con la contratación de nuestros servicios se está ayudando a fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad


El incumplimiento de la obligación implica:  


- Prohibición de contratar con la Administración.

Pérdida o exclusión hasta un periodo máximo de un año de determinadas ayudas.
- Sanciones económicas de más de 3000€ por cada trabajador no cubierto. 

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